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Tabla de alérgenos para imprimir

Una fila por plato, una columna por alérgeno: marque, feche, exponga. O imprima la lista de los 14 alérgenos del anexo II para la sala o la carta. Gratis, sin registro.

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Los alérgenos se llevan a mano. Las temperaturas, no.

Una tabla de alérgenos se rehace con cada cambio de receta, y nadie puede hacerlo por usted. La hoja de temperaturas, en cambio, no tiene por qué rellenarse a mano: un sensor KelvinTag mide en continuo, marca la hora de cada valor en el origen y exporta el historial en PDF el día de la inspección.

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A4 horizontal · 24 platos
Tabla de alérgenos - platos y preparaciones

Anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 - información al consumidor sobre alérgenos

Establecimiento : ..................................
Carta / versión del : ..................................
Plato / preparación1Gluten2Crustáceos3Huevos4Pescado5Cacahuetes6Soja7Leche8Frutos de cáscara9Apio10Mostaza11Sésamo12Sulfitos13Altramuces14Moluscos
Marque la casilla cuando el alérgeno entre en la receta, directamente o a través de un ingrediente compuesto (salsa, fondo, masa). La etiqueta del proveedor es la referencia. Rehaga la tabla con cada cambio de receta o de proveedor.Tabla facilitada gratuitamente por kelvintrack.com

Los 14 alérgenos de declaración obligatoria

El anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011 fija la lista de sustancias o productos que causan alergias o intolerancias y que deben comunicarse al consumidor. Es la misma en toda la Unión Europea, y es la que da sus columnas a la tabla:

  1. 1.Cereales que contengan gluten : Trigo (como la espelta y el trigo khorasan), centeno, cebada, avena o sus variedades híbridas, y productos derivados.
  2. 2.Crustáceos : Crustáceos y productos a base de crustáceos.
  3. 3.Huevos : Huevos y productos a base de huevo.
  4. 4.Pescado : Pescado y productos a base de pescado.
  5. 5.Cacahuetes : Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.
  6. 6.Soja : Soja y productos a base de soja.
  7. 7.Leche : Leche y sus derivados, incluida la lactosa.
  8. 8.Frutos de cáscara : Almendras, avellanas, nueces, anacardos, pacanas, nueces de Brasil, pistachos, nueces de macadamia o de Australia, y productos derivados.
  9. 9.Apio : Apio y productos derivados.
  10. 10.Mostaza : Mostaza y productos derivados.
  11. 11.Granos de sésamo : Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.
  12. 12.Dióxido de azufre y sulfitos : En concentraciones superiores a 10 mg/kg o 10 mg/l, expresadas como SO2 total.
  13. 13.Altramuces : Altramuces y productos a base de altramuces.
  14. 14.Moluscos : Moluscos y productos a base de moluscos.

En el restaurante, la información debe estar por escrito

Para los alimentos servidos sin envasar, el artículo 44 del mismo reglamento hace obligatoria la información sobre alérgenos y deja a cada Estado miembro fijar la forma. En España la fija el Real Decreto 126/2015: la información debe estar disponible por escrito, y puede comunicarse oralmente siempre que esté documentada por escrito y el consumidor sepa que puede pedirla. Un cartel o un documento junto a la carta lo cumple de la forma más sencilla.

Cómo rellenar la tabla

Una fila por plato o preparación de la carta. En cada columna, marque si el alérgeno entra en la receta, directamente o a través de un ingrediente compuesto: una salsa comprada, un fondo, una masa, un aderezo. La referencia es la etiqueta del proveedor, no la memoria del cocinero; por eso la tabla se rehace con cada cambio de receta o de proveedor, y cada versión lleva fecha.

La tabla solo recoge los alérgenos presentes como ingredientes. El reglamento no obliga a señalar una presencia accidental: la mención de trazas sigue siendo voluntaria. La contaminación cruzada en cocina, una freidora común o una tabla compartida, corresponde a sus buenas prácticas de higiene y a su plan de autocontrol.

Preguntas frecuentes

Los del anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011: cereales que contengan gluten, crustáceos, huevos, pescado, cacahuetes, soja, leche (incluida la lactosa), frutos de cáscara, apio, mostaza, granos de sésamo, dióxido de azufre y sulfitos por encima de 10 mg/kg o 10 mg/l, altramuces y moluscos. La lista es la misma en toda la Unión Europea.

La misma carpeta, con la temperatura que se escribe sola

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